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BASES LEGALES – SORTEO PERRUNO GOSBI

Gosbi Pet Food S.A., con CIF A17066598 y domicilio en Ctra. N-IIa, Km. 1,5, Pol. Ind. Sta. Llogaia, 17771 Santa Llogaia d’Àlguema (Girona), correo electrónico info@gosbi.com, inscrita en el Registro Mercantil de Girona, Volumen 373, Folio 130, Hoja Gi-698, pone en marcha el Sorteo Perruno Gosbi, conforme a las siguientes bases legales:

1. MECÁNICA DEL SORTEO

1.1 El sorteo estará vigente hasta el 15 de diciembre de 2025 y será válido únicamente para participantes residentes en territorio español.
1.2 Para participar, el usuario deberá cumplir los siguientes pasos:

  • Seguir el perfil oficial de @gosbi_official en Instagram.
  • Mencionar en un comentario la protectora de perros que quiera que reciba la comida.
  • Compartir el post del sorteo en sus stories, etiquetando a la protectora mencionada, para tener más posibilidades de ganar.

1.3 Cada comentario realizado (mencionando una protectora diferente o repetida) contará como una participación válida.
1.4 El 16 de diciembre de 2025, Gosbi elaborará una lista con todas las participaciones válidas y seleccionará de manera aleatoria 8 protectoras de perros de entre las mencionadas por los usuarios participantes.
1.5 Gosbi se reserva el derecho de validar la participación y de determinar las protectoras ganadoras entre las mencionadas, garantizando que cumplan los requisitos mínimos de bienestar animal y legalidad.
1.6 Los ganadores (8 protectoras seleccionadas) se anunciarán el 16 de diciembre de 2025 en el mismo post del sorteo publicado en el perfil de Instagram @gosbi_official.
1.7 En caso de que alguna protectora seleccionada no pueda recibir el premio por motivos logísticos, legales o de cualquier otra naturaleza, Gosbi podrá designar una protectora alternativa de entre las mencionadas en los comentarios.

2. PREMIO

Los 8 protectoras ganadoras recibirán cada una 500 kg de comida seca seleccionada por Gosbi para perros, sumando un total de 4.000 kg de alimento donado.

  • El producto será exclusivamente para perros.
  • En ningún caso el premio podrá canjearse por su valor en metálico ni por otro producto.
  • Queda terminantemente prohibida su comercialización o reventa.
  • Gosbi se reserva el derecho de determinar el tipo de producto entregado según disponibilidad.

3. PROTECCIÓN DE DATOS

Gosbi informa que, al participar en este sorteo, el participante otorga su consentimiento expreso para la cesión de sus datos. Asimismo, el participante acepta el tratamiento de dichos datos conforme a lo establecido, sin perjuicio de los derechos que le asisten, tales como: derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición a no ser objeto de decisiones individualizadas. Para cualquier revocación de este consentimiento, será necesario enviar un correo electrónico a: help@gosbi.com.

4. DECLARACIÓN DE VERACIDAD

Los datos facilitados por los participantes deberán ser veraces y verificables. Gosbi se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o impida el correcto desarrollo del sorteo, así como a aquellos que participen de forma fraudulenta o incumplan las presentes bases.

5. ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en este sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes bases legales y del criterio de Gosbi para la resolución de cualquier cuestión derivada del mismo. Cualquier manifestación de no aceptación supondrá la exclusión del participante.

6. CONSIDERACIONES GENERALES

La participación en esta acción exige la aceptación íntegra de las presentes bases legales, por lo que la manifestación en el sentido de la no aceptación de la totalidad o parte de éstas implicará la exclusión del usuario. Gosbi se reserva el derecho de cualquier cambio sobre estas bases legales, así como suspender o ampliar esta acción, que será debidamente notificada a todos los participantes. Las presentes bases se regulan por la ley española.